Políticas y condiciones para el transporte de Mascotas y Mascotas de Asistencia y Soporte Emocional establecidas por Transportes Autollanos S.A.
El usuario y/o pasajero deberá a través autorización libre, informada y consentida suscribir formato para el transporte de Mascotas y/o Mascotas de Asistencia y Soporte Emocional de acuerdo con las siguientes políticas y condiciones para el transporte de las mismas.
- CONDICIONES MÍNIMAS PARA EL TRANSPORTE DE MASCOTAS.
El Transporte de mascotas estará sujeto a la disponibilidad de cada tipo de servicio y las características del vehículo, así como al cumplimiento de las políticas de transporte de mascotas establecidas por la empresa que se encuentran publicadas en la dirección https://www.autollanos.com, y en particular, las señaladas en el presente documento.
Palabras clave
Macota: Entiéndase por Mascota y/o Mascota de Asistencia y Soporte Emocional todas aquella considerada como animal doméstico. (Perro-gato), no obstante, Transportes Autollanos S.A, se reservará el derecho de transportar o no las que sean diferentes a éstas.
Guacal: Entiéndase éste como todo aquella cesta o jaula hecha de varillas de madera o cualquier otro material utilizada para transportar mascotas, que puede ser rígida o no, sin embargo, ésta debe permitir a la mascota permanecer de pie, también que le permita girar dentro y acostarse con facilidad. El guacal deberá en todo caso tener un sistema de recolección de desperdicios. La mascota debe viajar preferiblemente con pañal. La mascota dentro de su guacal ocupará un (1) puesto al lado de su propietario, quien deberá cancelar el costo regular de un (1) pasaje por el espacio que ocupa.
De acuerdo con lo anterior, está totalmente prohibido el transporte Mascotas y/o Mascotas de Asistencia y Soporte Emocional en la bodega del vehículo, por ende, el usuario y/o pasajero deberá abstenerse de solicitar al operador del vehículo su transporte en este sitio.
Certificado Médico: Corresponde a la certificación expedida en favor de la mascota sea de Asistencia y y/o Soporte Emocional que el usuario y/o pasajero debe presentar que acredite su calidad expedido por la Asociación Colombiana de Zooterapia o la entidad que tenga facultades para ello.
Carné de Vacunación: Corresponde al documento oficial de registro de vacunación en el que se relaciona que la Mascota y/o Mascota de Asistencia y Soporte Emocional ha recibido el esquema de vacunación completo, que incluye las fechas de aplicación y el tipo de vacuna y sus dosis, entre otros registros. Este carné debe ser presentado por el propietario o tenedor de la mascota en el conste por lo menos vacunación contra la rabia y demás enfermedades que puedan ser trasmisibles a los humanos.
- RECOMENDACIONES.
Deber de informar: El pasajero al momento de adquirir el servicio de transporte debe informar que viajará con mascota (Perro-gato). En caso contrario la Compañía podrá negar el servicio.
Responsabilidad: El propietario o tenedor de la mascota será el único responsable en su transporte, además será responsable de cualquier daño que llegare a causar a los demás pasajeros. Será obligatorio el uso de bozal. En todo caso, la Compañía no se hará responsable de los daños que pueda ocasionar la mascota a terceros.
Obligación de viajar con la mascota: En todo caso, el propietario o tenedor de la mascota debe viajar con la mascota. Solo se admite una (1) mascota por pasajero. Solo se admitirá una (1) mascota por guacal. La mascota no puede exceder de veinticinco kilogramos (25Kg), en consideración a la capacidad de los vehículos en los que Transportes Autollanos S.A. presta el servicio de transporte de pasajeros.
Exoneración de Responsabilidad: Transportes Autollanos S.A. no responderá por inexactitudes o insuficiencias en la información de la mascota, por ende, el Propietario o tenedor de la mascota exonera de responsabilidad a la Compañía por los daños ocasionados los demás usuarios y/o pasajeros, a terceros y sus bienes y además responderá por los daños que pueda causarle al vehículo y demás bienes de la empresa y/o del operador del vehículo.
Como consecuencia de lo anterior, el usuario y/o pasajero exonera y libera a Transportes Autollanos S.A. de toda responsabilidad civil contractual y extracontractual o penal por cualquier daño o lesión, muerte, perjuicio natural, moral o económico, derivado del transporte de la mascota o de la mascota de asistencia y soporte emocional.
Con la firma del Formato de Transporte de Mascotas y/o Mascotas de Asistencia y Soporte Emocional el propietario renuncia a todo tipo de cobro de indemnización, reclamo, demanda o acción por perjuicios derivados del transporte, puesto que es el único responsable de su cuidado, tenencia y custodia y además exonera a la Empresa por cualquier daño que pueda generar los demás usuarios y/o Pasajeros, terceros y sus bienes al operador y sus bienes durante el transporte.
Reservas: Transportes Autollanos S.A. se reserva el derecho de transporte de la mascota o mascota de asistencia o soporte emocional, si a criterio de Ésta considera que no reúne las condiciones específicas regulatorias de esta Política de Seguridad, es decir, cuando considere que no son aptas para el bienestar de los demás usuarios y/o pasajeros.
Transportes Autollanos S.A. así mismo se reserva la posibilidad de transportar razas de perros y gatos que tengan síndrome respiratorio braquiocefálico que les dificulte su respiración normal y que por ello puedan tener golpes de calor y trastornos en su respiración por cambios de temperatura o situaciones de tensión. También se reserva el derecho de transportar mascotas que se muestren nerviosas o agresivas y las que por su apariencia, olor o enfermedades generen molestias a los demás usuarios y/o pasajeros.
Transporte de Mascotas de Asistencia y Soporte Emocional: Transportes Autollanos S.A. únicamente acepta el transporte de mascotas (perros – gatos) de asistencia y soporte emocional, la cual deberá estar debidamente identificada como lo establece la Asociación Colombiana de Zooterapia o el ICA.
El usuario y/o pasajero deberá acreditar ante la empresa que la mascota de asistencia y soporte emocional está adiestrada, para lo cual deberá presentar el correspondiente certificado expedido por el centro de adiestramiento. Los perros lazarillos deberán contar con su correspondiente arnés y chaleco de identificación y presentar ante la Empresa el carné de vacunación actualizado; se requiere que ésta lleve pañal con el fin de preservar la limpieza e higiene del vehículo.
En todo caso el usuario y/o pasajero deberá acatar lo previsto en el artículo 2.2.7.8.2. del Decreto 1079 de veintiséis (26) de mayo de 2015 relacionado con el transporte de mascotas cualquiera que sea su condición.
Transportes Autollanos S.A. permitirá que la mascota de asistencia y soporte emocional viaje en la cabina al lado del usuario y/o pasajero sin costo adicional, siempre y cuando éste cumpla con las políticas acá determinadas para el transporte de mascotas, no obstante, éste no podrá pesar más de veinticinco (25) kilogramos en atención a la capacidad y condiciones del vehículo, esto es que por su tamaño no permita u obstruya el tránsito de los demás usuarios y/o pasajeros o que pueda verse afectada su seguridad y comodidad.
En todo caso, Transportes Autollanos S.A. sugiere consultar la cartilla “Derechos y Deberes de los Usuarios en el Transporte de Mascotas y Animales de Asistencia” publicada por la Superintendencia de Transporte en el link: https://www.supertransporte.gov.co/documentos/2021/Agosto/DelegaturaPU_06/Guia-para-el-Transporte-de-Animales-y-Mascotas.pdf.
